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Medicina Laboral de Venezuela C.A., dentro de sus funciones de Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, conforma los planes de emergencia en los centros de trabajo. El basamento legal figura en la Norma COVENIN 3478-1999 titulada SOCORRISMO EN LAS EMPRESAS y en la LOPCYMAT.
La norma define el socorrismo en las empresas como la asistencia prestada de modo inmediato en las empresas por personal médico o no médico, debidamente capacitado al efecto, a un accidentado, lesionado o enfermo, antes de que pueda efectuarse el tratamiento definitivo, con el propósito de estabilizar, aliviar y/o mejorar al afectado hasta tanto se pueda contar con la asistencia médica.
La norma establece que dentro de todo centro de trabajo debe existir una brigada de socorristas compuesta por el 10% de la nómina, distribuidos en todas las áreas y turnos de la empresa.
Debe existir un botiquín de primeros auxilios cuyo contenido aparece en la norma y un plan de simulacros de desalojo y plano de emergencia.
El curso sobre socorrismo debe contemplar los siguientes temas (COVENIN 3478-1999):
-Definición, importancia y objetivos. Qué hacer en caso de una emergencia. Protección del socorrista ante los riesgos asociados a dicha actividad.
-Signos vitales.
-Vendajes
-El shock: tipos y atención primaria.
-Lesiones específicas: quemaduras, agotamiento por calor, heridas, hemorragias, fracturas, dislocación y esguince, algias (dolores), intoxicaciones, reanimación cardiovascular, decargas eléctricas, inmovilización y traslado de heridos.
-Otros temas en base a los riegos de la empresa (ver Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo).
Este curso debe ser más amplio e intensivo para la brigada de socorro. Para el resto de los trabajadores de una empresa, igualmente deberá dictarse un curso de primeros auxilios (Norma Técnica-01-2008), el cual no debe ser tan amplio e intensivo. Los brigadistas deberán participar activamente con el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo para desarrollar el plan de emergencia.