+ Accidente Laboral, Accidente Ocupacional

TODOS NUESTROS CURSOS Y SERVICIOS ESTÁN ACTUALIZADOS, CUMPLIENDO CON LA NT-04-2023

CURSO NT-04-2023 DISPONIBLE

¿QUÉ HACER CON UN ACCIDENTE OCUPACIONAL?

 

Medicina Laboral de Venezuela puede realizar la investigación del accidente ocupacional luego de haber sido declarado por la empresa interesada. Para ello puede contactarnos

Accidente ocupacional

 

Paso previo (obligatorio para todos los centros de trabajo)

Registrarse en el portal web del INPSASEL luego de conformado el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. De no hacer este paso, al momento del accidente no se podrá realizar ningún paso.

 

Paso 1: Notificación en la primera hora de conocido el accidente (Instructivo de Información Inmediata de Accidentes) a través del formato web del INPSASEL

Si la empresa cuenta con un Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo Propio, debe informarse de inmediato a sus responsables para que lleven a cabo esta notificación. Si es un Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo Mancomunado (por ejemplo, el caso de la mayoría de las PYME) nuestra experiencia ha demostrado que es más recomendable que la notificación se lleve a cabo por el Departamento de Recursos Humanos o quien haga sus veces.

En los servicios propios, por lo general sus integrantes están capacitados para llevar a cabo este trámite de manera rutinaria. En las PYME que son usuarias de servicios mancomunados, es imposible que el personal del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo conozca lo sucedido en el centro de trabajo o pueda trasladarse en la primera hora de acontecido el accidente. Por ende, es necesario que el Departamento de Recursos Humanos (o un miembro de la empresa) se capacite en el uso de los formatos del INPSASEL.

 

Paso 2: Realizar un memorando informando lo acontecido al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

En este memorando debe informar de manera clara lo que ocurrió durante el accidente. Puede ser realizado en una a dos hojas, escritas a computadora, dirigida al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. Entregar una original y solicitar que se firme como recibida una copia. Nosotros sugerimos que previamente el comité cuente con un sello que diga "Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo" de la empresa o compañía o centro de trabajo correspondiente. De esta manera, al entregar una carta u oficio pueden firmar los integrantes del comité y colocar el sello. También sugerimos que de inmediato se convoque por parte de los representante del patrono a una reunión extraordinaria del comité por escrito en tres días hábiles como indica el artículo 76 del Reglamento Parcial de la LOPCYMAT, de manera de dejar en acta que el memorando fue recibido y si se procedió o no a realizar la declaración formal de lo ocurrido a las 24 horas (paso 3).

El patrono es responsable de realizar el proceso de información al comité en las 12 horas de haber ocurrido el accidente.

 

Paso 3: Realizar la declaración del accidente en las 24 horas de haber ocurrido a través del formato web del INPSASEL (Instructivo de Información Inmediata de Accidentes)

El llenado del formato puede ser realizado por los integrantes del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo. En el caso de los centros que cuenten con servicios propios, será una actividad de rutina, en los casos de las PYME y empresas con servicios mancomunados podrá hacerlo un integrante del Departamento de Recursos Humanos.

En ocasiones es imposible realizar la declaración con todos los datos exigidos en el formato del INPSASEL, pues es en esas 24 horas que el trabajador accidentado pasa al centro médico de emergencia (o quizá no llega a este nivel) y es atendido, intervenido quirúrgicamente o sencillamente el trabajador no desea comunicarse y se desconocen los detalles médicos. Siempre es recomendable que un representante acompañe al trabajador y recoja la información precisa de la parte médica para llenar el formato.

El patrono tiene la responsabilidad de llevar a cabo este proceso antes de haber transcurrido 24 horas del accidente.

 

Paso 4. Entregar personalmente la constancia de haber declarado en línea a la DIRESAT correspondiente

El patrono o su representante debe llevar personalmente la constancia emitida por el sistema en línea del INPSASEL a la respectiva DIRESAT, donde deberá exigir firma o sello como constancia de haber sido entregada.

Paso 5: Investigar el accidente ocupacional

Es una investigación completa de lo acontecido a través de métodos como el árbol de causas, con la finalidad de evitar que se repita el accidente. Quizá este sea el paso más importante y es fundamental informar al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo que se está llevando a cabo. Esta investigación la realiza el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo a través de su propio personal o contratando un tercero como Medicina Laboral de Venezuela, por ejemplo, a través del método del árbol de causa.

 

Bases y fundamentos legales

Cumplir con el artículo 83 del Reglamento Parcial de la LOPCYMAT:

"Artículo 83. Del deber de informar inmediatamente de los accidentes de trabajo. El patrono, patrona, cooperativa u otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicios, debe informar y notificar la ocurrencia de los accidentes de trabajo de forma inmediata ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, el comité de seguridad y salud laboral y el sindicato. La notificación al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales deberá realizarse dentro de los sesenta (60) minutos siguientes a la ocurrencia del accidente y, la del comité de seguridad y salud laboral y el sindicato deberá realizarse dentro de las doce (12) horas siguientes. La notificación al Instituto podrá ser escrita o, realizarse a través de su portal Web, vía telefónica o fax."...

Eso quiere decir que todas las empresas, independientemente del número de empleados, privadas o públicas, cooperativas y cualquier otro tipo de asociación contemplada por la LOPCYMAT (incluso las firmas personales) deben cumplir con informar inmediatamente el accidente al INPSASEL, en los primeros 60 minutos luego de transcurrido el mismo. Esto lo puede hacer el empleado, el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, cualquier miembro del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Para ello el INPSASEL publicó un Instructivo de Información Inmediata de Accidente el cual describe paso a paso cómo debe hacerse esta declaración inmediata en los primeros 60 minutos de transcurrido el accidente. El enlace del portal web es el siguiente:

El enlace del botón que dice "Regístrese como usuario" le permite abrir una cuenta con clave y contraseña como la de un correo, junto con unos datos adicionales. No debe perder esa contraseña pues es importante para notificar y declarar los accidentes y enfermedades ocupacionales en el enlace "Ingrese como usuario".

"Artículo 73. De la Declaración. El empleador o empleadora debe informar de la ocurrencia del accidente de trabajo de forma inmediata ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, el Comité de Seguridad y Salud Laboral y el Sindicato. La declaración formal de los accidentes de trabajo y de las enfermedades ocupacionales deberá realizarse dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la ocurrencia del accidente o del diagnóstico de la enfermedad.debe realizarse en las primeras 24 horas de ocurrido el mismo"...

Eso quiere decir que primero se notifica brevemente en los primeros 60 minutos al INPSASEL, idealmente por la página web y en las siguientes 24 horas, el Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo deberá levantar una evaluación de lo ocurrido.

 

Campo de aplicación según la misma norma técnica

"Aplicable a todos los trabajos efectuados bajo relación de dependencia, por cuenta de una empleadora o empleador, cualesquiera sea su naturaleza, el lugar donde se ejecute, persiga o no fines de lucro, sean públicas o privadas y en general toda prestación de servicios personales, donde haya empleadora o empleador, trabajadoras o trabajadores, sea cual fuere la forma que adopte, dentro del territorio de la República Bolivariana de Venezuela."


"También quienes desempeñen sus labores en cooperativas u otras formas asociativas, comunitarias, de carácter productivo y de servicio, cualesquiera sea su naturaleza, el lugar donde se ejecute, persiga o no fines de lucro, estarán amparados por las disposiciones de la presente Norma Técnica."

 

¡ATENCIÓN!

Consulta de medicina interna a domicilio BAJOS COSTOS

Asesoría LOPCYMAT GRATIS

Asesoría LOPCYMAT para trabajadores, delegados, médicos, ingenieros, RRHH y otros

MTC

Consulta de medicina interna a domicilio BAJOS COSTOS