+ LOPCYMAT

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QUÉ ES LA LOPCYMAT

La LOPCYMAT es la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, la cual es una reforma promulgada el 26 de julio de 2005 en Gaceta Oficial 38.236.

 

El objeto de dicha ley aparece en su artículo 1

  • Establecer las instituciones, normas y lineamientos en materia de seguridad y salud
  • Regular derechos y deberes de trabajadores y empleadores
  • Establecer sanciones por incumplimiento de esta normativa

 

 

 

 

El artículo 4 de la LOPCYMAT establece su ámbito de aplicación

  • Empresas públicas o privadas, persigan o no fines de lucro
  • Cooperativas u otras formas asociativas, comunitarias de carácter productivo o de servicio
  • Se exceptúan los miembros de la Fuerza Armada Nacional de conformidad con el artículo 328 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

 

Cualquier organización, sea esta una sociedad civil mercantil o de cualquier otra naturaleza está en la obligación de cumplir con lo establecido en la LOPCYMAT y su Reglamento, por cuanto lo que da origen a la obligación es la relación de dependencia laboral que exista entre uno o varios trabajadores con su patrono.

 

El artículo 53 de la LOPCYMAT establece los derechos de los trabajadores en las empresas

  • Ser informados al inicio de su actividad, de las condiciones en que ésta se va a desarrollar
  • Recibir formación teórica y práctica en la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales
  • Rehusarse a trabajar a interrumpir una tarea o actividad, cuando exista un peligro inminente que ponga en riesgo su vida
  • Denunciar condiciones inseguras o insalubres de trabajo
  • Ser reubicados de sus puestos de trabajo o a la adecuación de sus tareas por razones de salud, rehabilitación o reinserción laboral
  • Que se le realicen periódicamente exámenes de salud preventivos

 

 

El artículo 54 de la LOPCYMAT establece los deberes de los trabajadores en las empresas

  • Ejercer las labores derivadas de su contrato con sujeción a las normas de seguridad y salud en el trabajo
  • Usar en forma correcta y mantener en buenas condiciones los Equipos de Protección Personal (EPP) e instalaciones
  • Hacer buen uso y cuidar las instalaciones de trabajo
  • Mantener condiciones de orden y limpieza en su puesto de trabajo
  • Informar de inmediato de la existencia de una condición insegura capaz de causar daños a la salud o a la vida
  • Participar activamente en forma directa o a través de la elección de representantes, en los Comité de Seguridad y Salud Laboral

 

 

El artículo 55 de la LOPCYMAT describe los derechos de los empleadores

  • Exigir a sus trabajadores y trabajadoras el cumplimiento de las normas de higiene, seguridad, ergonomía, las políticas de prevención y el uso adecuado de las instalaciones y EPP
  • Recibir información y capacitación en materia de salud, higiene, seguridad, por parte de los organismos competentes
  • Proponer en el Comité de Seguridad y Salud Laboral las amonestaciones a los trabajadores (as) que incumplan con los deberes establecidos en el artículo 54 de la presente ley
  • Ejercer la defensa en caso de imputaciones o denuncias que puedan acarrearle sanciones en virtud de lo establecido en la presente ley

 

 

El artículo 56 de la LOPCYMAT establece los deberes de los empleadores

 

 

El artículo 39 de la LOPCYMAT establece directrices sobre los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo

  • Los empleadores deben organizar un servicio propio o mancomunado de seguridad y salud en el trabajo, conformado de manera multidisciplinaria, de carácter especialmente preventivo
  • La exigencia de estos servicios se regirá por número de trabajadores y en una evaluación técnica de las condiciones y riesgos específicos de cada empresa

 

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Disposiciones Transitorias de la LOPCYMAT

  • Primera. La vigilancia y control del área de seguridad y salud en el trabajo y de condiciones y ambiente de trabajo de los entes de administración publica con competencia en las materias antes señaladas serán transferidas al INPSASEL
  • Quinta. Hasta tanto sea creada la Tesorería de Seguridad Social prevista en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (LOSSS), los empleadores continuaran cotizando al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) en las condiciones establecidas en la Ley del Seguro Social y LOSSS, y los afiliados continuarán recibiendo las prestaciones previstas en la legislación
  • Octava. Hasta tanto sean establecidas las normas para la elaboración, implementación, evaluación y aprobación de la política y programa de seguridad y salud en el trabajo, los empleadores se orientarán por los criterios técnicos y científicos universalmente aceptados en materia de salud, higiene, ergonomía y seguridad en el trabajo

 

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